LOTTT 2012

Reforma de la Ley Orgánica del Trabajo en el 2012

Algunas consideraciones relevantes...
1- El trabajador tendrá prestaciones sociales desde el primer día de trabajo y no a partir de los tres meses como lo establece la Ley actual.

2- El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales se creará a través de una ley especial.

3- Las prestaciones sociales deberán pagarse antes de cinco días después de terminada la relación laboral, sino tendrán que pagar intereses.

4- Las empresas están obligadas a tener o pagar un centro de educación inicial con sala de lactancia.

5- En las empresas de trabajo continuo, las que trabajan las 24 horas del día los siete días a la semana, la jornada semanal será de 42 horas, pero a sus trabajadores se les sumará un día adicional de vacaciones cada vez que laboren seis días a la semana.


6- Si despiden a un trabajador con inamovilidad, funcionarios irán directamente a la empresa a reenganchar al trabajador, inmediatamente, sin dilación.

7- Las instalaciones de las empresas podrán ser requeridas por las Misiones de formación para el desarrollo de planes educativos.

8- Las empresas tendrán 3 años para absorber a los trabajadores tercerizados. 

9- Se elimina la Comisión Tripartita.

10- Pasa de 15 a 30 días el pago mínimo de las utilidades.

11- Se reduce el periodo de prueba de tres meses a un mes.

12- Se aumentaron las multas para los que violen la Ley.

13- Pena de cárcel para los patronos que impidan la ejecución de medidas, desacaten los reenganches o cierren las empresas.

14- Se crean los consejos de trabajadores y se definirán por Ley especial.


Inquietudes y Respuestas...
¿Cuándo entran en vigencia los cambios en materia laboral? Aunque el texto suscrito este lunes 30 de abril por el Presidente Chávez señala que la LOT entrará en vigencia cuando se haga su publicación en Gaceta Oficial, algunos aspectos puntuales de su contenido tendrán una aplicación gradual, a fin de que los afectados puedan adecuarse a la norma. En todo caso, antes de su publicación, la nueva LOT será enviada al Tribunal Supremo de Justicia para que reciba su carácter de Ley Orgánica.

¿Qué pasa con la jornada laboral? La Ley Orgánica del Trabajo (LOT), que está vigente actualmente en el país, establece que, salvo las excepciones previstas en la propia Ley, la jornada diurna no podrá exceder de ocho (8) horas diarias, ni de cuarenta y cuatro (44) semanales. La nueva LOT, suscrita por el Presidente Hugo Chávez este lunes 30 de abril reduce la jornada a cuarenta (40) horas semanales.

¿Se amplían los días de descanso del trabajador? El Presidente Chávez indicó que se establecerá un plazo máximo de un año para que las empresas hagan los ajustes correspondientes, ya que será de obligatorio cumplimiento que los trabajadores tengan dos días continuos de descanso.

¿Cómo quedan las prestaciones sociales? El canciller Nicolás Maduro explicó este lunes que para el cálculo de las prestaciones sociales se tomarán en cuenta 30 días por año con el último salario devengado, aunque no se especificó si se tratará de salario integral o de salario básico.

Maduro informó que las empresas deberán seguir depositando 5 días mensuales, como lo establece el régimen actual. Sin embargo, el canciller no especificó cómo será el cálculo al final de la relación laboral.

Francisco Torrealba, integrante de la Comisión Presidencial para la LOT, explicó por su parte que los depósitos de 5 días de salario promedio que reciben los trabajadores actualmente por concepto de prestaciones se mantienen, pero se harán efectivos cada tres meses y no en los primeros días de cada mes. A los empleados se les van a depositar en total 15 días de sueldo cada tres meses.

¿Sigue el fideicomiso o se crea un fondo público? Con respecto al Fondo para las Prestaciones Sociales, Nicolás Maduro dijo que será potestad de los trabajadores elegir si deciden colocar su dinero en un fideicomiso en la banca o si lo depositan en el Fondo Nacional de Prestaciones. Con respecto a este Fondo agregó que las características específicas del instrumento serán informadas en los próximos meses, por medio de una ley especial.

¿Qué se definió en materia de retroactividad? La nueva normativa laboral establece el reconocimiento de la retroactividad de las prestaciones a partir de 1997 para aquellos trabajadores que tengan una relación con su centro laboral desde antes de ese año, según explicó Francisco Torrealba.

Dijo que los recursos cancelados al trabajador hace 15 años con el cambio de régimen quedarán a favor del trabajador. Mientras que el dinero cancelado desde 1997 en un fideicomiso se mantendrá como garantía de pago al culminar su relación de trabajo.

¿Algún otro cambio en la liquidación de los trabajadores? A la nueva LOT se le agregó lo que las autoridades llaman el "doblete" o liquidación doble en caso de despido no justificado, lo que encarece esta modalidad.

¿Qué se establece en lo que respecta a maternidad y paternidad? La semana pasada el Presidente Chávez informó que la nueva LOT establece licencia de seis semanas antes y 20 semanas después del parto, para las trabajadoras venezolanas. Es decir, que amplía el permiso pre y post natal con respecto a la normativa actual, que estable un período de seis semanas antes del parto y de 12 semanas después. Asimismo indicó que el período de inamovilidad laboral por el nacimiento de un hijo se extiende de uno a dos años y amparará a ambos padres.

¿Hubo algún otro anuncio específico? El mandatario nacional solamente agregó, como dato novedoso, que se creará un órgano superior para vigilar exhaustivamente que se cumpla la nueva Ley Orgánica del Trabajo.



Otros Temas Importantes...

Día de descanso adicional (sábado)
El sábado se paga con el recargo correspondiente, porque ahora es día de descanso. Igual que el día domingo. A quien trabaje ese día, por imperativo legal, es una opinión personal, debe pagarse también el bono alimentación, porque ese beneficio también lo tiene durante las vacaciones, por ejemplo.
En mi opinión tiene la misma característica (el sábado) en sus efectos de pago como si fuera feriado, porque no podría rebajar los beneficios por haber rebajado la jornada. También debe generar un día libre adicional, porque el trabajador está dedicando un día que se debe al descanso.

Pago de prestaciones a jubilados o relaciones de trabajo ya terminadas
Todos los beneficios de la nueva Ley son para trabajadores activos. No se incluyen a las personas que ya hayan terminado su relación de trabajo o estén jubilados. El recálculo de las prestaciones es sólo para los trabajadores activos, al igual que los otros beneficios de la ley. La diferencia de las prestaciones sociales con la ley anterior es que el trabajador puede escoger entre las dos opciones, todo depende de cuánto tiempo tenga trabajando. Otro cambio es que no tiene que esperar tres meses para comenzar a recibir sus prestaciones, el depósito de estas. En la antigua ley tenía que esperar tres meses.

Contratados y trabajadores a medio tiempo
Los contratados de la administración pública o empresas privadas se rigen por lo que indica su contrato, lo que esté fuera de ello se aplica conforme a la nueva Ley.
Los contratos a tiempo determinado deben estar en función de las causales establecidas en la ley como sustituir a un trabajador que está en reposo médico, atender demandas específicas de la empresa, por ejemplo aquellas que tienen que producir más en diciembre. El contrato se puede prorrogar dos veces, pero más de eso el trabajador para a ser empleado fijo. Esto se mantiene en la nueva Ley.

Recibo de pago y salario atípico
La obligación es darle un recibo el pago dónde estén todos los elementos que constituyen el salario. Tiene la obligación igual en prestaciones sociales. En cuanto al salario atípico, esto se eliminó en la nueva ley porque era injusto. El salario no puede ser objeto descuento, me aumentaban 100, pero para cualquier cálculo solo me tomaba bs. 80, eso fue eliminado era un injusto legal que perjudicaba al trabajador.

Jornada laboral
Las empresas tienen un año para adaptarse a la jornada laboral de 40 horas.


Reglamento
No hay una fecha específica para el reglamento. Es una ley muy avanzada y compleja. Por ejemplo, esta es la única ley en el cual el trabajo del extranjero no es delito, no necesita permiso para trabajo y el ilegal tiene los mismos derechos que el nacional. Superamos el convenio de la OIT.

Horas nocturnas
Las horas nocturnas quedan igual que en la antigua Ley con un recargo de 30% por ser nocturnas sobre salario. Las horas extras queda igual.

Reposo postnatal
En el caso de las madres que están en reposo postnatal desde antes de la promulgación de la Ley, tienen la opción de extenderlo, porque en estos casos se aplica la norma que sea más benficiosa para el trabajador.